En el Juzgado de Oralidad se llevó a cabo la audiencia en la que fueron sentenciados OMAR “N”, PEDRO “N” y ÓSCAR DE JESÚS “N”, por el delito de secuestro agravado cometido en agravio de dos personas en el municipio de Silao.
El tribunal de enjuiciamiento, integrado por juezas y jueces, escuchó los alegatos de la agente del Ministerio Público y del asesor jurídico de las víctimas, quienes coincidieron en solicitar una sanción cercana a la pena máxima, al considerar la gravedad de los hechos y la afectación ocasionada. Por su parte, los defensores particulares expusieron sus argumentos en favor de los acusados.
Ante las evidencias aportadas por la Fiscalía, el tribunal determinó que el delito se cometió de forma intencional, y que los acusados participaron como coautores, cada uno con un papel específico y coordinado dentro de la privación ilegal de la libertad.
En consecuencia, se impuso a OMAR “N” y PEDRO “N” una pena privativa de libertad de 55 años, mientras que para ÓSCAR DE JESÚS “N” la sanción fue fijada en 57 años y 6 meses de prisión.
A los tres acusados se les impondrá una multa y la reparación del daño en favor de cada una de las víctimas. Finalmente, se negaron a los sentenciados los beneficios y sustitutivos de pena.

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